Se imponen algunas   puntualizaciones: (Serrano)  
           1) Si el “saber qué” se denomina saber proposicional, el   “saber cómo” puede denominarse saber procedimental. El primero es   equivalente a lo que la semiótica discursiva llama saber semántico; el   segundo, a lo que llama saber modal, constitutivos de la competencia   cognitiva del sujeto.  
            
           2) El saber hacer no describe un conocimiento proposicional, pero sí   un conocimiento procedimental. En este sentido, andar en las calles (un tipo de   hacer pragmático) y resolver ecuaciones (un tipo de hacer cognitivo) no son   conocimientos proposicionales, pero presuponen, como condición de su ejecución,   los conocimientos proposicionales y procedimentales de la competencia cognitiva.  
            
           3) El saber hacer no describe la cualidad de una acción o de un   conjunto coordinado de acciones, sino una cualidad cognitiva del agente (sujeto   de hacer) de la acción, lo que precisamente la semiótica discursiva llama  competencia cognitiva modal.  
           4) El saber hacer no es un poder hacer: según la semiótica   discursiva, la competencia del sujeto de hacer es de dos clases, cognitiva (modal/procedimental y semántica/proposicional) y potestiva. Un sujeto   puede poseer la competencia cognitiva pero no la potestiva (o lo contrario), lo   que le impide actualizar y realizar la performancia, es decir, poner en marcha   la acción y llevarla exitosamente a su fin.  
            
           5) Es cierto que quien sabe realizar cierta actividad, lo cual   depende de su competencia modal/procedimental (saber hacer), también tiene algún   saber proposicional acerca de ella, el cual depende de su competencia semántica/proposicional   (saber sobre el ser y el hacer o, si se prefiere, sobre los estados y procesos   del mundo referido). Por eso, no es correcto, como hacen muchos especialistas en   evaluación de competencias, definir la competencia cognitiva simplemente como un   saber hacer, pues no sólo se evalúan los conocimientos procedimentales del   sujeto, sino también (y en ocasiones sobre todo) sus conocimientos   proposicionales.  
           6) Es cierto que el saber procedimental implica el saber   proposicional y que éste no implica al primero. Esto significa que la   competencia semántica/proposicional es presupuesta por la competencia modal/procedimental   pero no es presuponente de ésta, lo que nos conduce a hablar de una relación de   presuposición unilateral, y no de presuposición recíproca, entre las dos clases   de competencia cognitiva.  
           7) No es exactamente el saber hacer el que puede ser una forma de   comprobar un conocimiento, sino el hacer, el cual presupone en el sujeto un   saber a la vez procedimental y proposicional: la competencia cognitiva (modal y   semántica) del sujeto sólo puede ser evaluada a partir de su performancia   (actuación o desempeño) cognitiva. Un examen (en sentido amplio) es un hacer   cognitivo (pero no necesariamente sólo cognitivo) que le permite al examinador   inferir la competencia cognitiva modal/procedimental y semántica/proposicional   real del examinado y evaluarla poniéndola en relación con una competencia   cognitiva ideal modalizada según el deber ser.  
           8) De lo anterior se desprende que hay una diferencia entre examinar   y evaluar competencias: en el primer caso, se describe la competencia cognitiva   que tiene el examinado; en el segundo, se la pone en relación con la competencia   cognitiva que, según el evaluador, debería tener. Como dice Philippe Hamon (Texte   et idéologie. Paris: PUF, 1984), la evaluación es una comparación (una   puesta en relación) que una instancia evaluante instaura entre un proceso   (evaluado) y una norma (evaluante, programa prohibitivo o prescriptivo, a la vez   referente y término de la evaluación). 
             
           La idea de que existe una dimensión tácita o silenciosa del   conocimiento ha tenido un gran impacto en la discusión contemporánea. Ciertos   aspectos importantes son "tácitos". Del mismo modo, no es suficiente enseñar a   los estudiantes acerca de la instrumentación de conductos radiculares sólo   pidiéndoles que lean un libro o que hagan una lectura. Debe ser demostrado. A   menudo el conocimiento es transmitido por medio del acto de hacer.  
           Una parte muy importante del conocimiento endodóntico debe   estar caracterizada como techne. No es posible aprender todo  acerca   de la endodoncia estudiando un libro de texto, siempre será importante contar   con un buen instructor clínico, observar cómo trabajan otros odontólogos,   realizar los procedimientos uno mismo y reflexionar acerca de lo que se ha   aprendido. 
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